Las pymes podrán empezar a solicitar el Kit Digital a partir del 15 de marzo

El organismo de Red.es ha aprobado la convocatoria de estas ayudas, que podrán comenzar a solicitarse a partir del 15 de marzo y tendrán una cuantía de 12.000 euros

Publicado el 25 Feb 2022

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Habemus ayudas. Todas las pymes españolas de 1 a 49 empleados podrán solicitar el Kit Digital, el paquete de ayudas económicas que el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital con el que el Gobierno pretende modernizar el tejido empresarial para mejorar su productividad y avanzar en la nueva realidad digital.

El plazo de presentación de las solicitudes comienza a partir del 15 de marzo de 2022 y estará abierto durante 6 meses o hasta que se acaben los fondos. En esta primera convocatoria, los bonos digitales que se otorguen tendrán un importe de 12.000 euros y está previsto que se registren alrededor de 42.600 empresas para las que se van a destinar 500 millones, una sexta parte de los 3.067 millones de euros del presupuesto que ha fijado la Unión Europea para España a través de los fondos Next Generation UE. Según manifestaba el director de Red.es Alberto Martínez Lacambra ante la prensa,“se trata del proyecto de colaboración público-privada más importante que se haya realizado en nuestro país”.

“Serán ayudas de concurrencia no competitiva, lo que significa que el primero que llega es al que se le asignan”

Agentes digitalzadores

Son ya alrededor de de 5.700 los agentes digitalizadores que se han presatdo para servir de catalizadores de estas ayudas y, a partir del 10 de marzo podrá consultarse el catálogo completo de agentes que aportarán las soluciones y los servicios tecnológicos para los solicitantes de estas prestaciones, los cuáles, previamente tendrán que realizar un test de autodiagnóstico digital que a su vez va a servir para medir el estado actual de digitalización del tejido empresarial español y que en estos momentos ya han realizado más de 87.000 empresas.

En cuanto a cuando se abrirá la convocatoria para micropymes y autónomos Martínez Lacambra ha manifestado que “es un sistema novedoso en cuanto a gestión por lo que hemos querido empezar con el primer segmento y una vez veamos como funciona lanzaremos las ayudas para el resto de posibles beneficiarios que serían las empresas de 3 a 9, 2 empleados y autónomos”. Todas ellas, eso sí, podrán solicitarse antes de que acabe el año,estableciendo la posible convocatoria del próximo segmento para este mismo verano.

Para facilitar al máximo el acceso a las ayudas, se ha habilitado la figura del “representante voluntario”, para que cualquier tercero debidamente autorizado, sea persona física o jurídica, puede solicitar la ayuda por cuenta de la pyme, aunque sea lapropia empresa la que luego tenga que realizar el resto de gestiones.

Y para aligerar el proceso administrativo de solicitud de las ayudas y fomentar las medidas antifraude, el programa Kit Digital utiliza herramientas de robotización e inteligencia artificial que, entre otras ventajas, acortan los plazos de concesión y disminuyen el número de documentos a presentar. Para lograr esta agilidad y fomentar las medidas antifraude, Red.es cuenta también con la colaboración de importantes entidades como el Consejo General del Notariado, el Colegio de Registradores, la Cámara de Comercio de España y el Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos de España.

Las empresas que soliciten estas ayudas y cumplan los requisitos que se exigen recibirán un bono digital con una cuantía económica que podrán administrar según sus necesidades específicas, escogiendo una o varias categorías de soluciones de digitalización ofrecidas por los agentes digitalziadores adheridos que desarrollarán lo servicios del catálogo. Según estas necesidades, estas soluciones quedan agrupadas en 10 categorías:

  1. Presencia en internet y sitio web: creación de una página web para la pyme y/o prestación de servicios para dar visibilidad a la misma en los principales sitios de Internet.
  2. Comercio electrónico: creación de una tienda online de compraventa de productos y/o servicios que utilice medios digitales para su intercambio.
  3. Gestión de redes sociales: promocionar la pyme en redes sociales.
  4. Gestión de clientes y/o proveedores: digitalizar y optimizar la gestión de las relaciones comerciales con los clientes.
  5. Business Intelligence y analítica: explotación de datos de la empresa para la mejora del proceso de toma de decisiones.
  6. Servicios y herramientas de oficina virtual: implantar soluciones interactivas y funcionales que permitan la colaboración más eficiente entre los trabajadores de la pyme.
  7. Gestión de procesos: digitalizar y/o automatizar procesos de negocio relacionados con los aspectos operativos o productivos de la pyme.
  8. Factura electrónica: digitalizar el flujo de emisión de facturas entre la pyme y sus clientes
  9. Comunicaciones seguras: proporcionar a las pymes seguridad en las conexiones entre los dispositivos de sus empleados y la empresa.
  10. Ciberseguridad: proporcionar a las pymes seguridad básica y avanzada para los dispositivos de sus empleados.

Cómo solicitar las ayudas y requisitos a cumplir

Para poder acceder a estas ayudas es importante que las pymes o los autónomos cumplan unas exigencias mínimas recogidas en las bases del programa:

  • Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa conforme a los efectivos y límites financieros que definen las categorías de empresas, enmarcando las categorías de microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como las personas en situación de autoempleo.
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener la antigüedad mínima que se establezca en las convocatorias.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común. No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas de minimis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.4 de la orden de bases.
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.

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